En cualquier operación de compraventa de empresas, el Share Purchase Agreement (SPA) es mucho más que un simple contrato. Es el documento que determina cómo se distribuyen los riesgos entre comprador y vendedor, qué sucede si aparecen contingencias tras el cierre y cuáles son las reglas del juego durante toda la operación.
Aunque pueda parecer un documento estandarizado, la realidad es que gran parte del valor de una negociación en M&A se concentra precisamente en la redacción y negociación de determinadas cláusulas clave. Un SPA bien estructurado no solo protege a las partes, sino que reduce la probabilidad de conflictos futuros y aporta certidumbre a la transacción.
Analizamos las disposiciones esenciales que suelen estructurar un SPA y por qué son determinantes en cualquier operación corporativa.
1. Objeto de la compraventa y alcance de la operación
La primera cuestión crítica es definir exactamente qué se transmite.
En una compraventa de participaciones, el comprador adquiere la sociedad con todos sus activos, contratos, pasivos y contingencias, incluso aquellos no identificados inicialmente. Por eso, delimitar correctamente el perímetro de la operación es esencial.
El SPA debe concretar, entre otros aspectos:
- El porcentaje de participaciones o acciones transmitidas.
- La titularidad y libre disposición de dichas participaciones.
- La existencia de cargas, gravámenes o restricciones.
- Qué sociedades o activos quedan incluidos o excluidos del perímetro.
En operaciones complejas, especialmente en grupos empresariales, una definición imprecisa puede generar conflictos relevantes sobre qué activos o negocios formaban realmente parte de la transacción.
2. Precio y mecanismos de ajuste
Uno de los puntos más negociados en cualquier SPA es la determinación del precio.
En muchas operaciones el precio no es completamente fijo, sino que incorpora mecanismos destinados a corregir desviaciones entre la situación económica estimada durante la negociación y la realidad de la compañía en el momento del cierre.
Los mecanismos más habituales son:
- Locked box
El precio se fija tomando como referencia un balance histórico y el vendedor asume el compromiso de no extraer valor de la sociedad entre esa fecha y el cierre (no leakage).
Este modelo aporta mayor certidumbre y simplifica el proceso posterior al cierre, por lo que es especialmente frecuente en operaciones competitivas.
- Completion accounts
El precio se ajusta tras el cierre en función de determinadas magnitudes financieras reales, como deuda neta, caja o capital circulante.
Aunque ofrece mayor precisión económica, también puede generar disputas posteriores si los criterios contables o los cálculos no están suficientemente definidos.
- Earn-outs
Parte del precio queda condicionada al cumplimiento de determinados objetivos futuros de la compañía.
Es un mecanismo habitual cuando existe incertidumbre sobre el crecimiento futuro del negocio o cuando vendedor y comprador tienen expectativas distintas sobre su evolución.
La correcta regulación de estos mecanismos resulta clave, ya que muchas disputas post-closing en operaciones M&A derivan precisamente de ajustes de precio ambiguos o insuficientemente definidos.
3. Manifestaciones y garantías (Representations & Warranties)
Las manifestaciones y garantías constituyen uno de los pilares fundamentales del SPA.
A través de ellas, el vendedor declara que determinadas circunstancias de la compañía son correctas y completas: situación financiera, cumplimiento normativo, aspectos laborales, fiscales, societarios o contractuales, entre otros.
Su función principal es asignar riesgos entre las partes.
Si tras el cierre se descubre que una manifestación era incorrecta y ello genera un perjuicio para el comprador, este podrá reclamar conforme al régimen de responsabilidad pactado.
Las áreas más sensibles suelen incluir:
- Situación fiscal y tributaria
- Litigios y contingencias
- Cumplimiento regulatorio
- Propiedad intelectual
- Contratos relevantes
- Aspectos laborales y de Seguridad Social
- Protección de datos y compliance
En la práctica, el alcance de estas garantías suele estar directamente vinculado al proceso de due diligence. Cuanto mayor sea la visibilidad del comprador sobre los riesgos de la compañía, más preciso será el sistema de garantías negociado.
4. Limitaciones de responsabilidad
Tan importante como las garantías es definir hasta dónde responde el vendedor.
Por ello, el SPA suele incluir un sistema detallado de limitaciones de responsabilidad destinado a equilibrar la protección del comprador con la necesidad del vendedor de acotar su exposición futura.
Entre las limitaciones más habituales destacan:
Límites cuantitativos (caps)
Se fija un importe máximo de responsabilidad del vendedor, ya sea global o por categorías de contingencias.
Umbrales mínimos (de minimis y basket)
Se excluyen reclamaciones de escasa cuantía o se establece un umbral mínimo acumulado para poder reclamar.
Límites temporales
Las garantías no permanecen indefinidamente vigentes. El contrato suele establecer distintos plazos según la naturaleza del riesgo:
- Garantías generales: normalmente entre 12 y 24 meses
- Garantías fiscales o laborales: plazos más amplios vinculados a prescripción legal
- Garantías fundamentales: periodos más extensos o incluso sin limitación específica
Exclusiones de responsabilidad
El vendedor puede excluir riesgos ya conocidos por el comprador o contingencias específicamente identificadas durante la due diligence.
La negociación de estas limitaciones suele ser uno de los puntos más sensibles del SPA, ya que refleja directamente el reparto económico y jurídico del riesgo de la operación.
5. Covenants y obligaciones entre firma y cierre
En operaciones donde la firma y el cierre no coinciden (signing y closing diferidos), el SPA suele incluir obligaciones de conducta para el vendedor durante ese periodo intermedio.
El objetivo es preservar el valor de la compañía hasta el cierre y evitar alteraciones relevantes en el negocio.
Estas obligaciones pueden incluir:
- Operar en el curso ordinario del negocio
- No asumir deuda extraordinaria
- No repartir dividendos
- No modificar contratos materiales
- Mantener relaciones laborales clave
- No realizar inversiones relevantes sin consentimiento
El incumplimiento de estos compromisos puede habilitar al comprador para resolver la operación o reclamar daños.
6. Condiciones suspensivas (Conditions Precedent)
En muchas operaciones, el cierre queda sujeto al cumplimiento previo de determinadas condiciones.
Algunas de las más habituales son:
- Obtención de autorizaciones regulatorias
- Aprobación de autoridades de competencia
- Consentimientos de terceros
- Refinanciaciones bancarias
- Reestructuraciones societarias previas
- Ausencia de cambios materiales adversos (MAC clause)
La regulación de estas condiciones es especialmente relevante porque determina qué sucede si no llegan a cumplirse y quién asume ese riesgo.
7. Cláusulas post-closing: no competencia y confidencialidad
El SPA también suele regular determinadas obligaciones posteriores al cierre.
Entre las más habituales destacan:
- No competencia
El vendedor se compromete a no desarrollar actividades que compitan con el negocio transmitido durante un periodo y territorio determinados.
- No captación
Restricciones para evitar la captación de empleados, clientes o proveedores clave.
- Confidencialidad
Obligación de preservar la información sensible de la compañía y de la propia operación.
Estas cláusulas deben redactarse cuidadosamente para garantizar su proporcionalidad y validez jurídica, especialmente en materia de competencia.
8. Resolución de conflictos y ley aplicable
Por último, el SPA debe prever cómo se resolverán las posibles controversias futuras.
En operaciones internacionales es frecuente acudir a arbitraje, mientras que en operaciones domésticas suele optarse por tribunales ordinarios especializados en materia mercantil.
La elección de la ley aplicable y del mecanismo de resolución de conflictos puede tener un impacto significativo en costes, tiempos y capacidad de ejecución.
Un SPA bien negociado define mucho más que una compraventa: define el reparto de riesgos.
Un SPA no es simplemente el contrato que formaliza la transmisión de una compañía. Es el instrumento que articula jurídicamente toda la asignación de riesgos de la operación.
La negociación de cláusulas como el precio, las garantías, las limitaciones de responsabilidad o los mecanismos de ajuste determinará, en gran medida, la protección efectiva de comprador y vendedor una vez cerrada la transacción.
Por eso, más allá del acuerdo económico, una operación M&A bien estructurada exige un SPA cuidadosamente negociado, técnicamente sólido y alineado con los riesgos reales del negocio objeto de compraventa.

