Medianería

Es la situación jurídica que se produce cuando dos fincas están separadas por un elemento común que pertenece a los propietarios de las fincas. El elemento común separador puede consistir en una pared, seto, valla, etc. La medianería pertenece en proindiviso a los propietarios de las fincas, esto es, no pertenece por mitad a los propietarios, sino que se configura como una copropiedad o mancomunidad.