Los caps, al contrario que las franquicias, fijan topes a la responsabilidad del vendedor. En concreto, establecen porcentajes del valor total de la transacción o cantidades determinadas, hasta los cuales el vendedor se obliga a responder, en el peor de los casos, si se presentan contingencias o daños. Por ello, es frecuente que el comprador exija, a su vez, que se pacten excepciones específicas o carve outs a los caps, para excluir del cómputo de los últimos a, entre otras, aquellas contingencias determinadas que el vendedor asumió en el contrato de forma expresa.