Arras penitenciales

En este tipo de arras se permite el desistimiento del contrato de arras mediante la perdida de lo entregado o la devolución duplicada. En caso de cumplimiento, el precio entregado se considera a cuenta del precio. En caso de incumplimiento del contrato de arras, las partes no pueden exigirse el cumplimiento forzoso del contrato, sino que la parte que desista del contrato perderá la cantidad entregada en concepto de arras, o bien, deberá devolver duplicadas las arras que se le entregaron.

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