El 1 de diciembre de 2022, el Congreso de los Diputados aprobó las enmiendas introducidas por el Senado sobre la nueva Ley de Fomento al Ecosistema de Empresas Emergentes, más conocida como Ley de Startups. En el presente artículo analizamos las principales medidas a las que se van a poder acoger las compañías de nueva creación.
La Ley de Startups aplicará en empresas con un factor innovador de base tecnológica. Las principales características que las empresas que se quieran adherir a este régimen van a tener que acreditar es ser de reciente creación, es decir, que se hubieran constituido en menos de cinco años y en caso de estar inmersas en el sector biotech, de energía o industria, menos de siete. Además, no obtener unos ingresos de 10 millones de euros anuales, ni haber repartido dividendos o cotizar en un mercado regulado.
Será el Registro Mercantil el que acredite que la mercantil posee las características necesarias para ser ‘empresa emergente’, a excepción del requisito de innovación, el cual será acreditado por la Empresa Nacional de Innovación, S.A. (ENISA), dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y un plazo de tres meses desde la solicitud de acreditación.
Se exime la obtención del Número de Identificación Extranjero a los inversores extranjeros que quieran invertir en empresas de reciente creación, siendo únicamente necesario el Número de Identificación Fiscal. No obstante, es necesario que la capital tenga domicilio social y el 60% de los contratos laborales sitos en España.
Permite la posibilidad de que la compañía no tenga que disolverse por pérdidas si su Patrimonio Neto fuera inferior a la mitad del capital social en los primeros tres años desde la constitución.
Prevé la posibilidad de reducir gastos de constitución de sociedades limitadas, así como los relativos a la publicidad registral, pues serán los notarios y los registradores quienes deberán asumir los gastos. Por otra parte, permite, en el caso de utilizar unos estatutos sociales ‘tipo’, agilidad registral, pudiendo incorporar la sociedad en un plazo de seis horas, de no ser así, el plazo sería de cinco días hábiles. En caso de pluriactividad, el empresario podrá eliminar durante tres años la doble cotización de la Seguridad Social.
Novedades relativas a la regulación fiscal
Uno de los aspectos que ha generado más expectativa ha sido la regulación fiscal. Encontramos una rebaja del Impuesto de Sociedades de un 25% a un 15% los cuatro primeros ejercicios en que la sociedad obtenga un resultado positivo, permitiendo aplazar las deudas tributarias en dos ejercicios desde que la empresa obtenga base imponible positiva. Cabe remarcar que, en general, una empresa que no obtiene beneficios no tiene obligación de pagar Impuesto de Sociedades.
Sobre la tributación sobre inversiones, la ley menciona mejoras para los inversores, conocidos en el sector como bussines angels. Se ha ampliado a 100.000 euros la base máxima, aumentando el porcentaje a deducir del 30 al 50%.
Para finalizar, hay que destacar la nueva regulación respecto a la posibilidad de dotar de autocartera hasta un 20%, pero únicamente con la finalidad de remuneración a empleados y con la condición de que lo apruebe la junta general. Además, aumenta la exención de tributar por stock options hasta los primeros 50.000 euros anuales de renta, los siguientes tributarán como renta del trabajo al tipo marginal. Para eximir la tributación de los dichos 50.000 euros la empresa deberá cumplir los requisitos exigidos por la nueva regulación, es decir, tendrán que ser adquiridas en el plazo de cinco o siete años desde la constitución de la compañía, dependiendo de su objeto social.
Las opciones deberán ser adquiridas en un plazo de cinco años desde el acuerdo por la junta general. Se modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas añadiendo que los rendimientos obtenidos por adquirir las acciones se imputarán en el momento en que la sociedad cotice en un mercado regulado o bien en el momento en que la acción fuera enajenada. Si no se entregaran las acciones o la sociedad no empezara a cotizar en un plazo de diez años, el contribuyente tendría que imputar los rendimientos del trabajo obtenidos hasta ese momento.
El precio al que los empleados podrán adquirir las acciones será el valor suscritas por un tercero en la última ampliación de capital si ésta se realizó el año anterior al de la adquisición o en defecto de lo anterior, el precio de mercado en el momento de la entrega. Éste podrá, o bien ser el acordado por la sociedad, o bien, el estimado por un auditor.
A diferencia de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Ley de Sociedades de Capital no ha sido modificada, lo cual aplicando que la norma especial prevalece ante la general, cuando la compañía cumpla los requisitos de ‘empresa emergente’, se aplicará el artículo diez en materia de stock options por encima del artículo 141 de la Ley de Sociedades de Capital. Cabe remarcar que, de acuerdo a la regulación general, los socios tienen derecho de adquisición preferente y, por lo tanto, por mucho que hubiera un acuerdo de junta general el remedio más idóneo sería mediante la renuncia expresa de estos en los acuerdos sociales.
Principales conclusiones de la nueva Ley de Startups
Como conclusión a las nuevas medidas, para incrementar la inversión y enriquecer la economía digital, falta un mayor empuje regulatorio para ser una referencia global.
Las empresas emergentes de base tecnológica normalmente tienen una necesidad financiera muy elevada en sus inicios, pues no son demasiado rentables los primeros años. Cuesta entender el motivo para limitar los ingresos con el fin de adquirir la condición de ‘empresa emergente’, ya que es algo normal que una start-up obtenga, durante sus primeros años, la misma cantidad de ingresos y gastos, lo cual genera un leve incremento de beneficios. Dicho lo anterior, esta medida supone una falta de ambición por el legislador.
Para concluir, desde el punto de vista fiscal, como hemos comentado, una start-up no tiene demasiados beneficios en sus inicios, por lo que, por mucha liquidez que ingresara, si estos equivalen aproximadamente a los gastos, la medidas no suponen un cambio relevante.
La Ley carece de apoyo para la creación de fondos de inversión, las empresas digitales no se financian únicamente de business angels, por lo que sería favorable más menciones al respecto. Las inversiones de particulares normalmente suponen un riesgo considerable y en la nueva regulación no se encuentran suficientemente protegidos, por lo que carece de incentivo, siendo un aspecto clave que podría haber sido utilizado para fomentar el ecosistema.
En relación con los preceptos de stock options, hubiera sido adecuado la modificación de la Ley de Sociedades de Capital, al igual que la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Generaría más claridad si se añadiera la excepción de aplicar las medidas relativas a autocartera que establece la Ley de Sociedades de Capital en lo relativo a empresas emergentes.